sábado, 25 de septiembre de 2010

“El Kybalión”

Si el conocimiento es subjetivo y depende de la forma en que nos aproximaras al objeto conocible, es importante entonces hacerlo desde todos las perspectivas posibles.
En este intento por tratar de no dejar pasar nada de largo, podemos encontrarnos en el camino con hechos o situaciones que pueden resultarnos ajenas o que poco tienen que ver con nuestro objeto de estudio y sino somos lo suficientemente abiertos podemos discriminar información valiosa dentro nuestra investigación, que en un futuro puede resultar relevante, por no encontrarse apegada a lo que esperamos o creemos que debemos encontrar en ese momento.
Lo anterior lo comento, porque en este intento por conocer las teorías jurídicas contemporáneas me he encontrado en el camino con un libro llamado El Kybalión, que contiene un conjunto de enseñanzas de la filosofía hermética, la cual establece que los labios de la sabiduría permanecerán cerrados , excepto para el oído capaz de comprender; de lo que se desprende que al término “hermético” se le dé el sentido de “secreto”, “oculto”, de ésta filosofía se conocen los siete principios del hermetismo que se atribuyen a un alquimista místico y deidad de algunas logias ocultistas llamado Hermes Trismegisto, cuya existencia pudo haber transcurrido en Egipto antes de la época de los faraones, lo menciono únicamente para que podamos contextualizar que se trata de un conocimiento realmente muy antiguo y no de una moda pasajera.
Los siete principios, o axiomas, como están descritos en el Kybalión son:
1.    Mentalismo. El Todo es mente; el universo es mental.
2.   Correspondencia. Como es arriba, es abajo; como es abajo, es arriba. Afirma que este principio se manifiesta en los tres Grandes Planos: El Físico, El Mental y El Espiritual.
3.   Vibración. Nada está inmóvil; todo se mueve; todo vibra.
4.   Polaridad. Todo es doble, todo tiene dos polos; todo, su par de opuestos: los semejantes y los antagónicos son lo mismo; los opuestos son idénticos en naturaleza, pero diferentes en grado; los extremos se tocan; todas las verdades son medias verdades, todas las paradojas pueden reconciliarse.
5.   Ritmo. Todo fluye y refluye; todo tiene sus períodos de avance y retroceso, todo asciende y desciende; todo se mueve como un péndulo; la medida de su movimiento hacia la derecha, es la misma que la de su movimiento hacia la izquierda; el ritmo es la compensación.
6.   Causa y efecto. Toda causa tiene su efecto; todo efecto tiene su causa; todo sucede de acuerdo a la ley; la suerte o azar no es más que el nombre que se le da a la ley no reconocida; hay muchos planos de causalidad, pero nada escapa a la Ley.
7.   Concepción. La concepción existe por doquier; todo tiene su principio masculino y femenino; la concepción se manifiesta en todos los planos.
¿Pueden estos siete principios ayudarnos a comprender la teoría jurídica contemporánea, o relacionarse con ella?, intentar realizar tal ejercicio en un artículo como este resultaría sumamente pretencioso, por no decir que irresponsable, baste entonces para señalar que bien pude ayudarnos a estudiarla con una actitud más abierta, receptiva.
Si comprendemos que la jurisprudencia es producto o resultado de la mente humana, tal como el primer principio del hermetismo, podemos abrirnos a cualquier posibilidad respecto de su estudio y luego entonces de su creación, pero yo no lo se de cierto.

domingo, 12 de septiembre de 2010

“Conocimiento”

Este es el primero de los artículos respecto de los temas que abordaremos a lo largo del semestre, con la intención de que conozcan mi opinión del tema y sobre la cual, yo espero recibir sus comentarios.
Empezamos con el tema del conocimiento, cómo se genera o se adquiere será la reflexión, pero antes que nada ¿qué significa conocer?, etimológicamente tiene su origen en el latín cognoscĕre “averiguar por el ejercicio de las facultades intelectuales la naturaleza cualidades y relaciones de las cosas”[1]. Podemos señalar entonces que se trata de un proceso que implica la relación de un sujeto (conociente) y un objeto (conocible), a través el cual el primero utiliza sus sentidos y capacidades para percibir al segundo y apropiarse de éste sin que pierda nada de su caudal existencial.
Como podemos apreciar, el conocimiento es subjetivo y puede darse de muchas maneras, básicamente depende de nosotros y de la forma en que decidimos relacionarnos con la realidad, desde un punto biológico, intelectual, emocional, espiritual o social, es importante señalar que la división únicamente se justifica para fines de estudio, porque al acercarnos al objeto conocible lo hacemos con todo nuestro ser y no con partes de nosotros.
Tal vez sea más fácil tratar de explicar lo anterior con algún ejemplo, pensemos en un estudiante (sujeto conociente) de derecho (objeto conocible), en este caso la aproximación y el procedimiento del conocimiento se da desde el aspecto intelectual, pues utilizará una investigación metódica científica apropiada, con características objetivas, racionales, sistemáticas y verificables, y también tratará de ofrecer soluciones racionales filosóficas con pretensiones de universalidad respecto de su objeto conocible.
Pero su conocimiento del derecho no se limitará a las aulas en la universidad, ni se reducirá al plano meramente intelectual, puesto que entrarán en juego todos los demás aspectos que lo integran como individuo. Siguiendo con nuestro ejemplo; supongamos que el estudiante tiene un trabajo de medio tiempo como repartidor de pizzas y en una soleada tarde en camino de una entrega se encuentra con un perro que lo ataca y alcanza a morderlo, en ese momento sus funciones biológicas (funciones nerviosas, respiración, circulación) se verán perturbadas ante el ataque; al mismo tiempo que sus emociones  sufrirán una alteración (ansiedad, temor) y todo esto puede suceder en el mismo instante en que él piensa en cuáles son los artículos el Código Civil que obligan al dueño del animal a mantenerlo encerrado para que no lastime a nadie y en el procedimiento para poder reclamar la indemnización de los daños y perjuicios que le hayan ocasionado.[2]
La manera en que nos aproximamos a un objeto de estudio puede darse de diversas formas, en el momento menos pensado y en las situaciones menos propicias, por eso es importante que al elegir el objeto conocible, se asuma con plena conciencia y suspendiendo los prejuicios respecto de éste, para poder lograr el objetivo del conocimiento, en este camino seguramente encontraremos hechos contrarios a los esperados, yo no lo se de cierto, pero eso puede ser una señal de que estamos en la senda correcta del conocimiento, pues de otra manera podría darse el caso de que se este distorsionando la realidad para satisfacer nuestras propias expectativas.


[1] Diccionario de la Lengua Española, en http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=conocer, consultado el 12 de septiembre de 2010
[2] Este ejemplo ha sido proporcionado por mi apreciado maestro de Teoría Jurídica Contemporánea II, el Dr. Armando Hernández Cruz